martes, 2 de julio de 2013

Constituciones

Constituciones: 

La logia matriz se compondrá de trece caballeros, además del presidente, vicepresidente, dos secretarios, uno por la América del Norte y otro por la del. Sur, un orador y un maestro de ceremonias. 
El tratamiento del presidente y demás en la logia sera de hermano, y fuera de ella,  a excepción de los casos en que a presencia de otros el empleo y decoro público exijan el correspondiente tratamiento. No podrá ser admitido ningún español o extranjero, ni mas eclesiástico que uno solo, aquel que se considere de mas importancia por su influjo y relaciones. 
Tampoco podrán ser admitidos los hermanos ó parientes inmediatos. 
Siempre que algún hermano fuese nombrado por el gobierno primero o segundo jefe dé un ejército ó gobernador de alguna provincia, se le facultará para crear una sociedad subalterna. dependiendo de la matriz, cuyo número no excederá de cinco individuos, y entablando la debida correspondencia, por medio de los signos establecidos para comunicar todas las noticias y asuntos de importancia que ocurrieren. 
Siempre que alguno de los hermanos sea elegido para el supremo gobierno, no podrá deliberar cosa alguna de grave Importancia sin haber consultado el parecer de la logia, a no ser que la urgencia del negocio demande pronta providencia; en cuyo caso, des-pues de su resolución, dará cuenta en primera junta o por medio de su secretario, siendo hermano, o por el de la logia. 






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